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Preguntas frecuentes sobre el plan de prevención de riesgos laborales
Preguntas frecuentes sobre el plan de prevención de riesgos laborales
¿Qué es el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y qué debe incluir?
Un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es un documento esencial en cualquier empresa, ya que establece la estrategia y organización necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, cumpliendo con la legislación vigente en materia de prevención de riesgos. Este plan debe incluir varios elementos clave. Primero, la identificación de la empresa, donde se detallan sus datos generales, actividad económica, número de empleados y su estructura organizativa. También debe contener la política de prevención, reflejando el compromiso de la empresa con la seguridad laboral y sus objetivos en esta área.
Otro aspecto fundamental es la organización de la prevención, especificando los recursos humanos y materiales asignados, la modalidad preventiva adoptada (servicio de prevención propio, ajeno o trabajador designado) y las funciones y responsabilidades de cada nivel de la organización. Además, debe contemplar la evaluación de riesgos, identificando los peligros en cada puesto de trabajo y estableciendo los métodos y criterios para su análisis.
El plan también incluye la planificación de la actividad preventiva, definiendo las medidas preventivas y correctivas necesarias, los recursos asignados, los plazos de ejecución y los procedimientos de control y seguimiento. Asimismo, es imprescindible la formación e información a los trabajadores, garantizando que reciban capacitación adecuada en prevención de riesgos y que cuenten con información clara sobre los peligros asociados a sus tareas. Por último, el plan debe incluir medidas para la vigilancia de la salud, estableciendo controles médicos periódicos según los riesgos laborales identificados, y un sistema de coordinación con otros organismos o empresas en caso de actividades subcontratadas.
¿Quién debe elaborar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y cuándo es obligatorio?
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) debe ser elaborado por la propia empresa, con la participación de su servicio de prevención, ya sea propio o ajeno, según el tamaño y la actividad de la organización. La responsabilidad última recae en el empresario, quien debe garantizar su implementación y cumplimiento. En empresas con un servicio de prevención propio, este se encargará de su desarrollo, mientras que en aquellas que opten por un servicio de prevención ajeno, serán estos especialistas los que asesoren y elaboren el plan en coordinación con la empresa.
Este plan es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector, desde el momento en que cuentan con al menos un trabajador contratado. Su obligatoriedad está establecida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) y su desarrollo reglamentario. En empresas de hasta 50 trabajadores, el plan puede ser más sencillo, adaptado a la estructura y actividad de la empresa, mientras que en empresas más grandes se requiere una planificación más detallada y con procedimientos específicos de control y seguimiento.
¿Cuáles son las sanciones económicas al sufrir un accidente de trabajo sin tener un plan de prevención de riesgos laborales?
Si una empresa sufre un accidente de trabajo sin contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), puede enfrentarse a sanciones económicas severas, además de responsabilidades penales y civiles. Las sanciones varían según la gravedad de la infracción, conforme a la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS, Real Decreto Legislativo 5/2000).
Sanciones económicas según la gravedad de la infracción
Infracciones leves (de 45 a 2.450 euros):
No informar adecuadamente a los trabajadores sobre los riesgos laborales.
No proporcionar la formación mínima en prevención.
Infracciones graves (de 2.451 a 49.180 euros):
No contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
No evaluar los riesgos laborales ni implementar medidas preventivas.
No proporcionar equipos de protección adecuados.
Infracciones muy graves (de 49.181 a 983.736 euros):
Accidente laboral con consecuencias graves o mortales debido a la falta de prevención.
Incumplimiento reiterado de la normativa de prevención.
No adoptar medidas tras requerimientos de la Inspección de Trabajo.

